martes, 4 de agosto de 2009

Novedades laboral

Infobae-Abogados | Martes 04 de Agosto de 2009

Rige para las compañías nueva reglamentación sobre riesgos laborales 

 Esta medida comprende a más de 750.000 empresas e introduce precisiones sobre obligaciones y responsabilidades de los empleadores como de las propias ART

Rige para las compañías nueva reglamentación sobre riesgos laborales

Un nuevo reglamento por el cual las empresas deberán declarar a la Administradora de Riesgos del Trabajo (ART) si tienen o no riesgos laborales en sus establecimientos y si cumplen con las normas de seguridad e higiene rige desde el 1 de agosto.


La obligación es para las nuevas pólizas y para las que se van renovando a medida que vencen los contratos. Los empleadores que no informen dentro de los 180 días de vigencia de la nueva póliza tendrán un recargo del 50% sobre el valor la cuota que estén pagando.

La medida comprende a más de 750.000 empresas que aseguran a 7,7 millones de trabajadores. Además introduce precisiones sobre las obligaciones y responsabilidades, tanto de los empleadores como de las propias ART, a la hora de celebrar o de renovar el contrato, según publica un matutino.

Por Resolución N° 463/2009 del 11/05/09, complementada por la Resolución N° 529/2009 del 22/05/09, la Superintendencia de Riesgos del Tra­bajo (SRT) aprobó la nueva solicitud de afiliación y el contrato tipo de afiliación.

A su vez creó un registro de cumplimiento de normas de salud, higiene y seguridad en el trabajo, sujeto a reglamen­tación, que funcionará en el ámbito de la Gerencia de Prevención y Salud Laboral de dicho Organismo, de acuerdo a un informe de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Así, según la Unión de ART, con estas medidas se avanza en la reglamentación de cómo se delimitan las responsabilidades porque "la obligación del empleador es cumplir con las normas vigentes en materia de prevención y la función de las Aseguradoras es asesorar y prestar sentencia técnica al empleador".

A pesar de esto, la Corte Suprema considera que hay una responsabilidad de las ART, por su rol de contralor, si se produce un accidente por causa de incumplimientos de las normas laborales.

Ya las ART comenzaron a enviar a las empresas aseguradas los formularios que tienen el carácter de declaración jurada. Uno es el denominado "Relevamiento General de Riesgos Laborales" que contiene unas 160 preguntas donde además de constatar la situación del establecimiento se debe consignar un Plan de Regularización de los Incumplimientos, fijando los plazos para regularizarlos.

También se crea un registro de cumplimiento de normas de salud, higiene y seguridad en el trabajo en la Gerencia de Prevención y Salud Laboral. Estas medidas se ponen en marcha en momentos en que el Gobierno está por convocar a empresarios, ART y sindicatos para modificar la actual ley, en gran parte declarada inconstitucional por la Corte Suprema.

La norma se dictó con sustento en la facultad que posee la SRT para determinar la forma, contenido y plazo de vigencia de los contratos y en base a la experiencia recabada durante 13 años de vigencia del Sistema de Riesgos del Trabajo y la necesidad de optimizar su funcionamiento integral.

La norma consta de 26 artículos y tres anexos y se aplicará para los nuevos contratos y las renovaciones cuya suscripción o inicio de vigencia sea a partir del 1 de agosto de 2009. La misma establece un rediseño de procesos tendientes a una mayor especificidad de responsabilidades de los actores intervinientes en el Sistema de Riesgos del Trabajo y numerosas previ­siones en materia de prevención para empleadores y Aseguradoras que se enmarcan en el cuadro de dichas responsabilidades.

Obligaciones de las ART:

  • Actividades específicas para empresas pertenecientes al grupo de alto riesgo.

  • Visitas periódicas en función del riesgo asociado a la actividad económica declarada por la empresa.
     
  • Completar un registro de estado de cumplimiento de normas de salud, higiene y seguridad en el trabajo.

Obligaciones del Empleador:

  • Presentar para cada establecimiento, al momento de la suscripción de la Solicitud de Afiliación o de la renovación del contrato, el Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGRL) y el Plan de regularización de incumplimientos. La no presentación del RGRL expone al empleador a un adicional del 50% de la alícuota

  • Declarar a la ART la identificación de los agentes de riesgos en cada uno de ellos, con la documentación respaldatoria y la nómina de trabajadores expuestos. Asimismo, comuni­carle los cambios de tecnología, incorporaciones de sustancias y compuestos utilizados en los procesos, modificaciones en la organización del trabajo, y cualquier otro cambio que se produzca.